Este documento establece la identidad de las escuelas que desarrollan actividades en la Diócesis de Puerto lguazú y que tienen una orientación confesional en consonancia con la Iglesia Católica, que es Una, Santa y Apostólica (C.I.C. 870; LG 8). El mismo es un referente normativo que a diferencia de un Ideario, explicita cuestiones axiológicas, así corno nociones conceptuales globales.
Partiendo de la propuesta que oportunamente lanzara S.S.Juan Pablo II, y en consonancia con lo establecido por el Concilio Vaticano II, la espiritualidad de la Comunión debe ser vivida como un «principio educativo en todos los lugares donde se forma el hombre y el cristiano». Esta afirmación tiene que ser considerada como algo fundamental para nuestras escuelas, ya que constituyen un ámbito formativo por naturaleza propia, y por supuesto, no pueden estar ajenas al mandato emanado de la propia tarea de evangelización que les compete.
Partiendo de lo anteriormente expuesto, los establecimientos educativos de la Junta de Educación Católica de la Diócesis de Puerto Iguazú (JEC) no pueden no apreciar este horizonte que se establece como política de gestión y por sobre todo, por la propia finalidad que les cabe como ámbitos de evangelización y proclamación de la Buena Noticia.
No se pueden crear estructuras que sólo sean eso; es fundamental crear un espacio de sintonía en el que se adhiera a propuestas que comulgan con el espíritu confesional, cristiano y católico que debe identificar a las instituciones educativas de la JEC, todo esto enmarcado en el rol que le cabe a cada uno de los integrantes de la Diócesis siguiendo los lineamientos de su principal pastor, el Obispo Diocesano.
Lo que se propone es una opción que permitael posicionamiento de la JEC como espacio que facilite el mejoramiento de los vínculos y el sentido de pertenencia de las instituciones educativas a la Diócesis, para facilitar así la mirada renovadora sobre las comunidades educativas y los modos de gestión institucional.
«Hay que discernir que lo fundamental siempre sigue siendo en la Iglesia el permanente anuncio del Evangelio. Los procesos, los métodos, los diagnósticos son sólo herramientas instrumentales, nunca fines en si mismos. Es preciso tener cada vez más plenamente aquella convicción del Apóstol Pablo cuando exclama …Ay de mí si no anunciara el Evangelio…» Este principio es tácito y no puede tener objeción de parte de los integrantes de la JEC, tanto Institutos Parroquiales (directamente dependiendes del Obispado), como Congregacionales y/o Adherentes.
Sus estudios teológicos en la Facultad de Teología de la Universidad del Salvador (Colegio Máximo San José de la localidad de San Miguel), fue ordenado sacerdote el 21 de noviembre de 1993 en la Diócesis de San Miguel.
Desde 1999 hasta 2001, perfeccionó sus estudios con una Licenciatura en Teología en la Pontificia Universidad de Santo Tomás «Angelicum» de Roma.
Varios fueron sus compromisos pastorales: antes de ir a Roma fue Vicario de la Parroquia Inmaculado Corazón de María de la localidad de Los Polvorines.
La gran crisis económica de diciembre de 2001 lo encontró como vicedirector de Cáritas Diocesana, prodigándose con dedicación y eficacia para conseguir y distribuír ayudas.
En el año 2003 fue párroco de Nuestra Señora del Santo Rosario de la localidad de Gran Bourg, donde erigió varias capillas y reconstruyó la vida parroquial con varias iniciativas para los laicos.
También tuvo la dirección diocesana de la Catequesis y, por dos períodos, fue miembro del Consejo Presbiteral.
En el año 2007, el Obispo de San Miguel Mons.Sergio Fenoy, lo llamó a dirigir el Seminario Mayor de San Miguel, donde él mismo se había formado y donde ocupó el cargo de Rector hasta el 8 de abril de 2010.
El 8 de abril de 2010 el Papa Benedicto XVI lo designa Obispo titular de Tepelta y auxiliar de La Plata, siendo consagrado el 19 de junio del mismo año a manos del por entonces Arzobispo de La Plata Mons.Héctor Aguer.
El 8 de mayo de 2020 el Papa Francisco lo designa Obispo titular de Puerto Iguazú, donde tomó posesión canónica el 5 de julio durante una ceremonia en la Catedral Vírgen del Carmen.
Si bien cada establecimiento educativo del Obispado tiene su propia política de gestión, la autonomía institucional no es absoluta, sino que es relativa. Las instituciones educativas de la Diócesis (Parroquiales, Congregacionales y Adherentes), en sí mismas y solidariamente con las otras escuelas, poseen una autonomía regulada en el marco de la pastoral educativa.
Es necesario superar la diversidad de criterios asumiendo que existe una responsabilidad inherente a las propias acciones y decisiones que surgen de la propia autonomía, no excluyendo por eso la solidaridad que el mismo Obispado tiene en algunas situaciones. La JEC busca el sano equilibrio de corresponsabilidad que debe existir entre la autonomía regulada y la solidaridad Diocesana.
Es necesario el camino de la consolidación comunitaria, superando el individualismo y el aislamiento en pos de una práctica solidaria; el trabajo en equipo entre escuelas posibilita compartir las experiencias institucionales, lo que por lógica, derivará en la multiplicación de los resultados.
La JEC constituye el ámbito donde se encuadran normativas necesarias. Al universal Código de Derecho Canónico, hay que agregar la normativa emanada por la Conferencia Episcopal Argentina, el Consejo Superior de Educación Católica (Consudec), el Estatuto del Representante Legal, normativas sobre los Sacramentos en la Escuela, normativas sobre la Catequesis y sus planes de estudio, normativas para la selección del personal directivo, administrativo, docente y de servicio, etc., y en el caso de las escuelas Congregacionales y Adherentes la normativa emanada por sus propias instituciones madre.
El valor de la JEC además se extiende a beneficios puntuales como pueden ser el asesoramiento sobre cuestiones pedagógicas, administrativas, legales, pastorales, etc., esto posibilitado a través de equipos de profesionales que abarquen el universo en el que desarrollan sus actividades las instituciones. Esta instancia puede ser particularmente beneficiosa en cuestiones como apertura o cierre de cursos, creación de ofertas pedagógicas, designación de autoridades y/o personal, problemáticasde discernimiento, conflictos institucionales, etc.
La JEC debe explicitar e implementar criterios adecuados para profesionalizar la administración de las escuelas, superando las gestiones caseras por una organización más técnica y orgánica, acorde a las demandas actuales.
Este Marco es diferente de un Ideario, ya que éste tiene un carácter más específico y es más puntual en cuanto a los temas que compete, así como presenta márgenes de especificidad que no proyectan Marco Estructural de la JEC. Podemos así diferenciar los distintos niveles de marcos de la siguiente forma:
Entre estos documentos existe una secuencia particular que los ordena, y que es preciso tener en cuenta al momento de ubicar el lugar que ocupa el Ideario en la dinámica institucional de la escuela. En el gráfico puede verse claramente que el Ideario es el que sostiene y fundamenta la propuesta educativa de la institución y el desarrollo curricular de la misma.
De modo específico, el Ideario se encuentra constituido por el modelo antropológico que caracteriza a la Institución. Allí se señalan y describen los elementos que configuran a la persona humana como destinatario de la tarea educativa, a la vez que queda expresado el ideal de hombre que como un marco de referencia sirve de orientación a esta tarea.
De acuerdo a esto, podemos afirmar que el Ideario debiera contener y articular las definiciones antropológicas fundamentales (definición de persona humana, en su integralidad; el perfil del educador; el perfil del educando, etc.), y, en coherencia con éstas, pues se desprenden originariamente de la idea de hombre, las concepciones respecto de la educación, la cultura, la escuela católica y la comunidad educativa.
La articulación vertical de los distintos niveles del Marco Estructural, se complementan a su vez con una articulación horizontal sostenida por el Proyecto Pastoral, este último criterio apoyado en los conceptos que educar es una tarea evangelizadora, a la vez que evangelizar un proceso educativo.
Las escuelas diocesanas y parroquiales en todos sus niveles y modalidades mantienen una natural y cordial relación de pertenencia a la Diócesis de Puerto Iguazú en un vínculo de vida dinamizado por la comunión, la comunicación y la participación, todo desde el horizonte pastoral trazado y bajo las directivas propias del Obispo Diocesano.
Las escuelas congregacionales son independientes en las cuestiones administrativas y estructurales, las cuales responden a sus respectivas congregaciones. No así en el proyecto pastoral que no puede no responder a los lineamientos de la Diócesis. Mantendrán su carisma propio según su fundación, pero deberán integrarlos a los lineamientos pastorales Diocesanos, sabiendo que en esta área corresponde al Obispo velar por los procesos evangelizadores en su territorio diocesano, quien a su vez, delega esta responsabilidad como parte fundamental a la JEC. Un carácter similar se plantea con las instituciones adherentes que por propia opción comulguen con la Iglesia que es Una, Santa, Católilca y Apostólica.
Todo el núcleo de instituciones educativas amparadas en este marco se autodescubren como comunidades pastorales en permanente estado de misión evangelizadora, una misión que no sólo incluye la propia comunidad educativa, sino que además debe ser reconocida como una misión que correspondepara con la sociedad en relación. Todos y cada uno de los miembros integrantes de la comunidad educativa, desde su propio rol y función, se saben un agente y un destinatario pastoral por el sólo hecho de ser bautizado, y a la vez que se reafirma su misión por ser parte de la comunidad educativa.
Dentro del proyecto pastoral quedan encuadrados distintos actores, que pueden tener una relación directa o indirecta con las comunidades educativas: pastores (vicarios, párrocos, sacerdotes, capellanes, religiosos, asesores espirituales, etc.), responsables de la gestión educativa (representantes legales, asesores legales, directivos, miembros afectados a la conducción y discernimiento institucional, etc.), personal docente (profesores, maestros, ayudantes de cátedra, etc. en especiallos pertenecientes a los departamentos de formación religiosa), personal no docente (administrativos, preceptores, personal de maestranza y servicios, etc.), alumnos, ex-alumnos y sus familias.
En síntesis, toda la comunidad educativa es comunidad pastoral, ya que la pastoral involucra el accionar íntegro de la escuela dinamizado en la clave de las relaciones y los valores del Evangelio.
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